sábado, 3 de noviembre de 2007

Pensamiento Liberal Frente al Aborto

“ Un verdadero liberal se distingue no tanto por lo que defiende sino por el talante con que lo defiende: la tolerancia antidogmática, la búsqueda del consenso, el diálogo como esencia democrática”
Bertrand Russell

INTRODUCCIÓN

El aborto, es la interrupción de manera espontánea o provocada del embarazo que termina por desechar a la criatura hasta entonces en gestación. Dada la naturaleza del primero, toda referencia a su respecto tratará de los aspectos clínicos, biológicos y del fuerte impacto que la pérdida genera en las familias. Por su parte, el aborto provocado. Entendido éste como las prácticas humanas, quirúrgicas o no ,destinadas de manera deliberada a poner fin a la gestación de un nuevo Ser, es fuente inagotable de controversias donde Religiosos, Científicos, Juristas, Estadistas, Agrupaciones Públicas o Privadas y Público en general no encuentran lugares comunes.

Dado lo sensible, vigente y lo urgente que resulta regular el aborto provocado en nuestro país, dedicaré mis esfuerzos a esta dimensión del tema, en consecuencia se prescindirá a lo largo de la presente lectura la distinción entre abortos espontáneos o provocados, vale decir, entiéndase para el efecto que nos convoca por aborto, el aborto provocado.

Desde la perspectiva histórica se sabe que el aborto no constituyó delito en el Antiguo Oriente ni en Grecia. Donde Aristóteles lo aconsejaba para mantener el equilibrio entre la población y los medios de subsistencia.

En Roma también fue permitido durante muchísimo tiempo, considerando al feto como una parte de las vísceras de la madre. Si ésta abortaba, se entendía que lo que hacía era disponer libremente de su cuerpo.

De esta posición pro abortiva inicial, se pasa en Roma ha posiciones como la de Cicerón, quien lo consideraba una ofensa al “Pater Familias” y decía: "¿No es un crimen privar al padre de lo que es su esperanza, la gloria de su nombre y el sostén de su descendencia, privar a la familia de un descendiente y a la patria de un ciudadano?".

Progresivamente la visión respecto del no nato ha evolucionado por así decirlo, de embrión o feto hasta concebirlo como persona. En consecuencia desde esta perspectiva a nadie sorprende que se usen los términos asesinato, homicidio y otros epítetos que no hacen otra cosa que polarizar la discusión y estigmatizar a los involucrados. A propósito, nuestro Código Civil en su artículo 74º señala que se es persona a partir del nacimiento, esto es al separarse la criatura completamente de su madre. Tanto es así que en el segundo inciso el mencionado cuerpo legal se refiere a la muerte de la criatura que ocurre en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de la madre, en cuyo caso se estima que dicha criatura no existió jamás.

Podrá afirmarse que lo anterior supone una reducción del tema por cuanto el aborto supera la dimensión judicial, cierto, pero en consecuencia rechacemos que se caricaturice al aborto como un asesinato u homicidio.

Desde la perspectiva de quienes más férreamente se oponen al aborto cuales quiera sean las razones que lo justifiquen, nos encontramos con el concepto sagrado de la vida humana en cuanto creación de Dios. Los masones somos constructores y no destructores, por tanto no nos asiste el deber de combatir ni destruir la Fe, que muchos creyentes han hecho de ella su Verdad fundamental. Se viene una ves más la discusión de la potestad de la Fe. No es prudente atentar contra la creencia ajena como tampoco lo es imponer al hombre laico dichas creencias y a propósito de lo mismo demos un examen al aborto en la religión.

LAS RELIGIONES Y EL ABORTO

Al investigar la situación del aborto en los textos fundamentales de las principales religiones monoteístas que más influencia han tenido en la formación de la actual cultura occidental, rápidamente se advierte la aceptación que estos escritos sagrados otorgan al aborto, atendiendo en todo caso, circunstancias especiales.

En pro del tiempo, quedará para otra oportunidad el caso del Islam y de la religión Judía, ambas particularmente abiertas al tema, como queda de manifiesto en el Corán y el Talmud.
Quiero dejar establecido desde ya la siguiente cuestión. La Biblia no condena el aborto. y no tiene razón para hacerlo, dado que no le otorga al feto la dignidad de persona. Esto resulta evidente pues no concibe la muerte hablando de un embrión humano. Recordemos que los antiguos entendían que el feto no era otra cosa que un apéndice de la madre. Dicho esto, prestemos atención al siguiente pasaje bíblico.

Si algunos riñeren, e hirieren a mujer embarazada, y ésta abortare, pero sin haber muerte, serán penados conforme a lo que les impusiere el marido de la mujer y juzgaren los jueces.
Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida
(Éxodo, cap21.Ver.22, 23)

Un breve ejercicio de interpretación al párrafo anterior nos permite establecer, como mínimo, dos conclusiones:

Primero: Si una mujer embarazada producto de una golpiza aborta, la Biblia no reconoce que por este acto se suceda una muerte, aun cuando sanciona la conducta. Es decir si la golpiza origina el aborto, es una falta que no trasunta en muerte alguna, se reconoce una muerte por tanto cuando quien fenece es la mujer.

Segundo: La golpiza propinada a una embarazada que desencadena un aborto, es una falta menor a que si desencadena la muerte de la madre. Esto último resulta particularmente interesante, ya que la Iglesia de Roma postula que frente a la disyuntiva de elegir entre la vida de la Madre o la de su hijo no nato, deberá elegirse la del que está por nacer.

El Nuevo Testamento sencillamente no se refiere al tema.

Cabe ahora preguntarse, ¿si no existen fundamentos bíblicos que sustenten la oposición al aborto, como se justifica la tenaz oposición al mismo por la Iglesia Cristiana en general y por la Iglesia Católica en particular?

Bueno, por que sencillamente la doctrina Católica no se fundamenta en la Biblia, la Palabra de Dios, sino que en la tradición de la misma Iglesia Católica. Siendo este aspecto entre otros los que motivaron la Reforma del siglo XVI.

En este orden de cosas, la condena católica al aborto comienza probablemente en el siglo I d.C. en el documento post apostólico conocido como “Didajé” la fuente más antigua de legislación eclesiástica. Se trata por lo tanto del primer testimonio patrístico en el que se introduce dicha condena:

“He aquí el segundo precepto de la Doctrina: No matarás; no cometerás adulterio; no prostituirás a los niños, ni los inducirás al vicio; no robarás; no te entregarás a la magia, ni a la brujería; no harás abortar a la criatura engendrada en la orgía, y después de nacida no la harás morir.”
(Didajé II)

En la Epístola de Bernabé, escrita en la tercera década del siglo II, se llama hijo al feto que está en el vientre de la madre, se prohíbe expresamente el aborto y se le equipara al asesinato.

Tertuliano, uno de los padres de la Iglesia, condena en el siglo III al aborto como homicidio y reconoce la identidad humana del no nacido:

“ Es un homicidio anticipado impedir el nacimiento; poco importa que se suprima el alma ya nacida o que se la haga desaparecer en el nacimiento. Es ya un hombre aquél que lo será.”
Apologeticum IX,8

La Iglesia Católica aceptaba en el Siglo XII el aborto, a condición de efectuarlo antes de que el feto se moviese. Es a partir de 1869 que de manera definitiva fija su posición actual. Considerándolo como conducta delictiva en todo momento y sancionándolo con la excomunión inmediata mediante el Canon 1398 del Código de Derecho Canónico.

En resumen la condena católica al aborto queda manifestada desde su concepción por como el “Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos” define al aborto.

"El asesinato del feto, de cualquier manera o en cualquier momento, desde el momento de la concepción"


POLÍTICAS ABORTIVAS, UNA VISION GLOBAL. INFORME DE NACIONES UNIDAS

La encuesta realizada por la Organización de las Naciones Unidas “Abortion Policies, a Global Review” muestra la situación del aborto en el mundo. De esta manera entoces si ordenamos alfabéticamente el universo de las naciones encuestadas, iremos desde Afganistán a Zimbabwe. Pero si observamos los extremos en cuanto a la situación del aborto provocado, iremos desde la máxima permisividad a la prohibición y rechazo más recalcitrante.

En el primer extremo donde la regulación no indica traba alguna a la práctica de abortos, encontramos a China, en donde desde 1982 rige la política de “un solo niño” como única manera de controlar el crecimiento de la población. Más aún por razones culturales las familias optan por el hijo varón.

Hoy día encontramos en China 147 niños por cada 100 niñas con todos los problemas imaginables que un desbalance de género así presenta a cualquier sociedad.

En el otro extremo, es decir aquellas naciones que obstinadamente prohíben el aborto con una tozudez que linda en la obcecación, pues simplemente no han regulado esta situación sino más que para penalizarla, nos encontramos con dos países tristemente célebres por sus políticas ultra conservadoras en temas morales, Malta y Chile. Países en los cuales el aborto está rotulado como delito y la legislación actual lisa y llanamente no contempla caso alguno en que el aborto pueda ser admitido. Los únicos dos países en América Latina, en los cuales la interrupción del embarazo es completamente ilegal además del nuestro son República Dominicana y Haití.

En países conservadores como Irlanda o Bélgica, la mayoría de los países de América Latina y las naciones musulmanas el aborto se admite cuando peligra la vida de la mujer embarazada, es el denominado aborto terapéutico. Manteniéndose la prohibición para toda otra razón.

En España por ejemplo se permite cuando peligra la vida o la salud de la madre, cuando el embarazo es consecuencia de una violación o del incesto y cuando existen indicios suficientes que indican que el feto presenta malformaciones.

En otros países como Inglaterra y Japón se hace extensivo a la salud psíquica de la madre, más comprensivos, tolerantes o permisivos si se quiere son países como Alemania o Finlandia en que se autoriza por motivos socioeconómicos.

Francia, Italia, Rusia, algunos estados de EE. UU. Y los países bajos. Es motivo suficiente que la madre así lo decida.

Se ha demostrado de manera concluyente que es posible reducir el número de abortos ilegales en ciertos sectores de la población con programas de planificación familiar. Sin embargo lo anterior y de manera inexplicable, sectores conservadores ligados a la Iglesia Católica se oponen a las iniciativas de planificación familiar, peor aun, la resistencia llega a las iniciativas educacionales. Recuérdese la experiencia de las Jocas (Jornadas de conversaciones en afectividad y sexualidad)

ANTECEDENTES PROPORCIONADOS POR LA O. M. S.

El 99% de las 585.000 muertes maternales que ocurren cada año en todo el mundo tiene lugar en los países más pobres. De estas muertes, el 13% deriva de complicaciones de un aborto en condiciones inseguras.

Cada vez más mujeres recurren al aborto porque los servicios de planificación familiar y educación sexual son insuficientes. Y no se trata sólo de un problema de recursos, recientemente numerosos alcaldes han contravenido una política de salud pública relacionada con la distribución de llamada “Píldora del día después”, el Postinor 2, en los consultorios por considerarla abortiva. Haciendo oídos sordos a especialistas como el doctor Horacio Croxatto, experto en medicina reproductiva quien ha argumentado que las investigaciones realizadas hasta el momento demuestran que no es abortiva, sino anticonceptiva.

Entendamos de una ves que las leyes que prohíben y castigan el aborto no lo previenen sino que obligan a las mujeres a buscar vías ilegales y normalmente inseguras para abortar.
En América Latina, donde el aborto es ilegal casi en su totalidad, el porcentaje de abortos va de un 3 al 6 por 100%.

En los Países Bajos, donde la ley del aborto es la más liberal de toda Europa, sólo el 0,5% de las mujeres se decanta por el aborto. La media de Europa occidental es de 1,4 abortos por cada 100 mujeres.

EL ABORTO EN CHILE

Situación Jurídica

El aborto en Chile no sólo está prohibido, sino que es constitutivo de delito como así queda estipulado en el Libro II Título VII artículos 342º al 345º del Código Penal, castigando con presidio a todo aquel que directa o indirectamente participe del aborto, incluso a la propia madre.

Una rápida lectura al artículo 344º antes citado permite formarse una idea de lo anacrónica y añeja que resulta la visión que del contexto del aborto poseen ciertos preceptos legales que rigen en el siglo XXI, siendo de naturaleza claramente decimonónica.

- artículo 344º Código Penal -

“La mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio menor en su grado máximo.
Si lo hiciere por ocultar su deshonra incurrirá en la pena de presidio en su grado medio”
sin comentarios

Digamos que aborto terapéutico estuvo institucionalizado en nuestro país hasta 1989, año en el que fue penalizado sin que pudiesen esbozarse razones de peso mediante el artículo único de la ley Nº 18.826 desde entonces numerosas iniciativas han pretendido legitimar el aborto terapéutico.

La postura del Colegio Médico de Chile, consagrada en el artículo 26 de su Código de Ética, es la aceptación del aborto terapéutico, posición que beneficia como siempre a los sectores más acomodados de la población ya que la opinión del Colegio como la del propio facultativo y la de su paciente no tienen cabida cuando de hospitales públicos se trata.

El quehacer de nuestros legisladores

Desatendiendo la infinidad de estudios, el desarrollo económico y cultural del país, los esfuerzos destinados a insertar a Chile en los mercados internacionales y el propio sentir popular, el quehacer de nuestros legisladores queda de manifiesto al consultar las proposiciones legislativas más recientes referidas a este tema, sin considerar por supuesto el proyecto de ley que pretende despenalizar el aborto terapéutico antes comentado. Así entonces tenemos que:

El Senador Hernán Larraín Fernández con fecha 2 de Agosto de 1998 presenta un proyecto de Ley destinado a aumentar la penalización del aborto, en cualquiera de sus formas.

Con fecha 14 de Julio de 2004 se aprueba la moción que dará origen a la Ley que permitirá erigir tres monumentos en memoria de las víctimas del aborto.

A todas luces la gestión legislativa al respecto resulta no sólo insuficiente, sino que pueril, negligente y al menos obsecuente con los sectores más conservadores de nuestra sociedad.

La opinión pública

La voz casi unánime, vertida por la población chilena en diversos sondeos de opinión, es que el aborto debe tipificarse como un delito, pero la legislación debe permitir la interrupción del embarazo en situaciones excepcionales. La encuesta CERC de octubre de 1989, sobre una muestra representativa nacional de la población urbana y rural de 18 y más años, logró determinar que el "75,8 % cree que la interrupción del embarazo debe permitirse por ley cuando está en juego la vida de la madre o la criatura vaya a nacer deforme".

El porcentaje subió a 76% cuando la encuesta se hizo en junio de 1991. Cabe tener presente que el 76,5% de los católicos y el 73,9% de los evangélicos, según la misma encuesta, estimó que debe permitirse el aborto sólo en situaciones de urgencia.

La voz de la Francmasonería

En virtud que hay vidas humanas en juego, le asiste a la orden la obligación ineludible de estar presente en el debate Y así lo ha hecho nuestro Gran Maestro, en efecto Jorge Carvajal Muñoz, en referencia al tema ha dicho:

“La Masonería condena, desde luego, los feticidios evitables por el recurso de una educación sexual adecuada, una planificación familiar correcta, o el uso de anticonceptivos y rechaza, al mismo tiempo, la absurda afirmación de que el uso de anticonceptivos constituye una incentivación a los embarazos no deseados, hecho que aumentaría, por consiguiente el número de prácticas abortivas”.

Declaración pública, Diario El Mercurio, 11 de Noviembre de 2001

Queda claro entonces para el lector atento, que el aborto como herramienta de control de la natalidad resulta para la Francmasonería reprochable, no significando con esto que se rechace el aborto a ultranza cualesquiera sean las razones le justifican.

Palabras Finales

Como pudo ser advertido no presenté distinción alguna entre abortos o micro-abortos, ni dediqué líneas a aquellos anticonceptivos que al decir de algunos son abortivos o pueden llegar a serlo, porque según mi entender se trata de distinciones fútiles, que trasuntan en demoras artificiales a un problema de salud social que simplemente no puede esperar más, ya que entre otras muchas razones pone en riesgo la vida de las mujeres, como siempre, más humildes de nuestra nación.

Ex profeso no he establecido posición personal alguna frente al aborto. Desde mi perspectiva, el aborto es una realidad y el aborto terapéutico una necesidad. Aclaradas estas premisas, no es pertinente pronunciarse a favor o en contra. A Chile como Estado de Derecho, le resulta urgente el respeto de los preceptos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Estado.
Considerando los derechos constitucionales garantizados a todas las personas consagrados el articulo 19º de la Constitución, y en especial:

El Nº 1, Que garantiza el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona...

Si bien a renglón seguido establece la protección de la vida del que está por nacer, a continuación instituye la pena de muerte. No se advierta aquí una contradicción, sino un típico caso en que el ordenamiento jurídico, en atención a otros derechos y otros bienes jurídicos debe establecer excepciones y salvedades.

El Nº 6, que establece la libertad de conciencia...

Y Finalmente el Nº 9, que consigna el derecho a la protección de la salud...

A la luz de lo expuesto, un gobierno democrático no confesional y pluralista debe ser en su actuar equitativo y responsable, asegurando y respetando el marco jurídico dentro del cual todas las personas puedan ejercer aquellos derechos que en atención a su individualidad le reconocen su capacidad de actuar libre, responsable y en conciencia en cuanto a sus propias motivaciones vitales.

No hay comentarios:

Biblia y Ateismo

Aborto en Chile

Que risa me da la religión